LA LEY YA HABÍA SIDO APROBADA, PERO
FALTABA EL REGLAMENTO
El miércoles 11 agosto de 2021, entró
en vigor La Ley No. 10008, conocida semánticamente como: Ley para atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de
Carácter Internacional, conocida a voz pópuli como “Ley de Nómadas
Digitales”. Pero se requería el Reglamento, el cual tardó casi ocho meses en
hacerse. Por dicha, bajo acciones diligentes y céleres del Gobierno actual, hoy
4 de julio de 2022, se firmó este reglamento.
CONOZCAMOS UN POCO DEL
CONTENIDO Y OBJETIVO DE ESTA LEY
La iniciativa fue presentada por el entonces Diputado Carlos Ricardo
Benavides, establece básicamente una condición migratoria especial para estas
personas, así como la exención del pago del impuesto sobre la renta para estos
profesionales. Asimismo, los extranjeros que quieran entrar bajo esa categoría
tendrán que gestionarlo, según lo dispone la iniciativa aprobada, en la
Dirección General de Migración Extranjería, para poder optar por dichos
beneficios.
EL OBJETIVO
Como lo dice el texto, es: “fomentar la visitación de larga estancia en
Costa Rica y aumentar el gasto de recursos de origen extranjero en el país”.
Básicamente, la intención es que dichos extranjeros consuman en el país
y que, con la ley y el reglamento aprobados, haya un aumento de ese tipo de
profesionales en suelo costarricense.
TIPO DE TELETRABAJO
Por ese beneficio solo podrían optar extranjeros que presten servicios a
clientes fuera de suelo nacional, pero no costarricenses que se movilicen por
diferentes regiones del país, prestando servicios para clientes
internacionales.
La definición de prestador de servicios remotos explica que se trata de
profesionales extranjeros, que hagan sus labores utilizando medios
informáticos, de telecomunicaciones o análogos, en favor de personas físicas o
jurídicas domiciliadas en el exterior.
Esas personas tendrán categoría migratoria de no residente. La ley obliga
a Migración a establecer una plataforma digital para solicitar la categoría de
nómada digital.
LAS RENTAS
Entre los requisitos para optar por dicha categoría, se debe aportar una
prueba de que se percibe una remuneración mensual estable, rentas fijas o un
ingreso mensual promedio igual o superior a $3.000 (¢2.061.000).
El beneficio puede ser para dos personas que integren el grupo familiar,
pero con un ingreso mensual promedio igual o superior a los $4.000 (¢2.748.000)
para las dos personas al tipo de cambio de hoy 04 julio de 2022.
ACERCA DE LAS VISAS PARA NÓMADAS DIGITALES, LA
ESTRATEGIA DE VARIOS PAÍSES PARA ATRAER RESIDENTES TRAS LA PANDEMIA
La persona nómada tendrá que adquirir una póliza de servicios médicos
que le cubra durante toda su estancia en Costa Rica.
La Dirección de Migración cobrará al trabajador remoto el pago de una
visa de no residente, con un monto que será determinado por reglamento.
Según dice el artículo 14 de la iniciativa, las personas que pidan la
categoría de nómada digital “no podrán ocuparse de labores o servicios
remunerados en el territorio nacional distintas de lo permitido por su
subcategoría migratoria”.
El plazo del beneficio migratorio será hasta por dos años, o sea, un año
prorrogable por un periodo igual. Para pedir la prórroga, el beneficiario
tendrá que haber estado en suelo nacional al menos por 180 días del año que se
le dio originalmente.
Además de la exención en el pago del impuesto sobre la renta, los
nómadas digitales también estarán exonerados del pago de los impuestos por
importación del equipo personal básico de cómputo, informático,
telecomunicaciones o análogos.
La iniciativa del exdiputado también les permite a los extranjeros usar
la licencia de conducir expedida en el país de origen, si está vigente, y abrir
cuentas de ahorros en bancos nacionales. Además, “permitirá recibir a miles de
nómadas digitales que vendrán por periodos de hasta un año a teletrabajar,
haciendo uso de servicios de hospedaje, alimentación, transporte interno,
servicios comerciales y profesionales”.
Sin duda alguna contribuirá a la reactivación de la economía
costarricense.
A favor de la propuesta votaron los partidos Liberación Nacional, Unidad
Social Cristiana, Restauración Nacional, parte de Acción Ciudadana, las
fracciones minoritarias y los independientes en su momento. En contra
estuvieron cuatro legisladores del PAC y el del Frente Amplio, quienes durante
la tramitación del proyecto adujeron que eso podría ser un portillo para el
ingreso de capitales o actividades ilícitas al país.
EL REGLAMENTO
Tras casi nueve meses de
impulsos por el reglamento en donde no se ponían de acuerdo el Ministerio de
Seguridad y la Dirección de Migración entre otros órganos, finalmente el día de
hoy lunes 4 de julio de 2022, el Presidente de la República Rodrigo Chaves
Robles firmó el reglamento de esta ley en Casa Presidencial y en transmisión en
vivo rodeado de las partes vinculantes, siendo destacado el Exdiputado Carlos
Ricardo Benavides, quien mostró a los presentes la firma.
CONCLUSIONES
¿Qué es un nómada digital?
Se trata de turistas de larga estancia
que podrán vivir y trabajar en el país de manera temporal con sus
familias, a la vez que generan empleos y encadenamientos productivos al
consumir productos, alquilar viviendas o apartamentos y disfrutar de las playas,
montañas y otros atractivos turísticos.
NOTA: No aplica para los extranjeros residentes.
¿Cuáles son los beneficios que recibirán los nómadas digitales?
a. Exoneración del impuesto sobre las utilidades.
b. Visa por un año
prorrogable y con salidas múltiples.
c. Importación libre de
impuestos de cualquier equipo necesario para trabajar.
d. Reconocimiento de la
licencia de conducir por un año
¿Cuáles son los requisitos
para ser considerado un nómada digital? (a la fecha)
a. Se trata de extranjeros
que vengan a trabajar al país.
b. Demostrar ingresos
superiores a $3 mil al mes y si viaja con su familia mínimo $5 mil.
c. Obtener una póliza de servicios médicos que cubra a la persona solicitante por toda
la duración de su estancia en el país.
d. Igualmente deberán estar cubiertos todos los miembros del grupo familiar.
e. Realizar el pago, por una única vez, por el otorgamiento de visa de no residente, como
Trabajador o Prestador Remoto de Servicios.
¿Cómo se inscribe el Nómada?
La Dirección General de Migración y
Extranjería será la instancia administrativa encargada de recibir,
procesar, otorgar, denegar o cancelar el otorgamiento de la subcategoría migratoria
de estancia.
La solicitud se hará de manera digital a
través de una plataforma para la gestión expedita de las solicitudes de
aquellos extranjeros que deseen optar por la categoría de Prestador Remoto de
Servicios.
NOTA: A hoy aún no está habilitado el
servicio todavía. ¡Paciencia!
¿Cómo certifica los ingresos?
La prueba sobre los ingresos podrá realizarse a través de
estados de cuenta bancarios que respalden el ingreso necesario, o a través de
otros medios de prueba que se indican en el reglamento.
¿Cuáles son los beneficios
de tener nómadas digitales en el país?
Se trata de visitantes que reactivan la economía y generan
empleo, ya que demandan bienes y servicios, a la vez que visitan los diferentes
puntos turísticos del país. Debido a su perfil, tienden a gastar mucho más que
los ciudadanos promedio.
¿Qué falta ahora?
Ya una vez con la ley que fue aprobada y el día de hoy su Reglamento, solamente hace falta que la institucionalidad a través del MICITT (Ministerio de Ciencia, innovación, Tecnología y Telecomunicaciones) así como el ICE con el impulso del Gobierno y la Asamblea Legislativa, logren en el corto y mediano plazo, adecuar la infraestructura en alcance del internet a lugares que actualmente no cuenta con eficiencia en facilidades de la red. Es de vital importancia que este paso se dé para garantizar un mejor servicio y cobertura para atraer este mercado y que permanezcan en el país el tiempo deseado. Asimismo, el ICT (Instituto Costarricense de Turismo) y las Cámaras tiene el deber de promocionar adecuada y oportunamente al país para posicionarlo aún más en este valiosísimo segmento. Por último, mantenerse en el tiempo generando mejores condiciones para hacer que este mercado se afiance a través de su fidelidad y bajo estándares del más alto nivel, ya que considero que no competimos a nivel regional, sino mundial, pues muchos países están publicando estas leyes.
Espero les haya servido
esta información. Ese es mi objetivo, estoy para servirles.
Fuente bibliográfica:
Procuraduría General de la República (2021) Ley No. 10008. Recuperado de: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=95085
Lic. Luis Gerardo Rodríguez Morera | Abogado

No hay comentarios:
Publicar un comentario