"El abogado que habla tiene la sensación casi acústica de los momentos en que su palabra llega a convencer al juez, y de aquellos en que lo deja en duda y hasta le molesta. Es como un fenómeno de resonancia: a veces se siente que los argumentos que salen de la boca del abogado están al unísono con la disposición del juez y le hacen vibrar; otras, su voz resuena falsa y sin eco, como aislada en el vacío. Y cuando más fuerza el abogado el tono, tratando de superar lo molesto de este aislamiento, tanto más se le hace imposible ponerse a tono con quien lo escucha".
PIERO CALAMANDREI.
CONOZCAMOS QUE ES UN ABOGADO O ABOGADA
HISTORIA
Antigua Grecia
Había también oradores o abogados en la antigua Grecia que se dedicaban a componer alegatos para los que
tenían necesidad de ellos, aunque esta práctica era contraria a la disposición
de las leyes, que mandaban se defendiesen las partes a sí mismas sin emplear
socorros extraños. Cuando Sócrates fue llamado ante los jueces para dar cuenta de
sus opiniones sobre la religión, Lisias célebre y elegante orador ateniense le llevó un
alegato que había trabajado con el mayor esmero para persuadir a los jueces;
pero Sócrates, después de reconocer y celebrar su mérito, no quiso valerse de
él, diciendo que aquello era poco correspondiente al carácter y fortaleza que
debía manifestar un filósofo.
En el Areópago hubo un tiempo en que no se permitió que
asistiesen abogados: el reo o las partes exponían sencillamente y sin floreos
su acción.
El emperador León, en una ley publicada el año 468,
mandó que en ningún tribunal pudiese ser abogado el que no fuese católico.
Antigua Roma
Hay testimonios escritos de que una ley promulgada
en 204 a. C. prohibió a los defensores romanos cobrar honorarios, pero la ley
fue ampliamente ignorada. La prohibición de honorarios fue abolida por el
emperador Claudio , quien legalizó la abogacía como profesión y permitió que
los defensores romanos se convirtieran en los primeros abogados que podían
practicar abiertamente, pero también impuso un tope de honorarios de 10,000
sestercios. Aparentemente, esto no era mucho dinero; Las Sátiras de Juvenal se
quejaron de que no había dinero trabajando como abogado.
En los primeros tiempos de la república romana no
había más que un solo abogado para defender una causa, así como uno solo era el
que acusaba; pero después se siguieron con más aparato y su número regularmente
era el de cuatro por cada parte. Asconius observa que antes de la causa de
Scaurus no había visto que ningún acusado hubiese tenido más de cuatro
abogados; y que este fue el primero que tuvo hasta seis; que fueron Cicerón, Hortensio, P. Clodio, M. Marcelo, M.
Calidio y M. Mesalo Níger. Añade también que este número se aumentó mucho
después de las guerras civiles, hasta el
exceso de tener una persona doce abogados para defender una sola causa. Dicho
abuso parece que se cortó un tanto con la publicación de la Ley Julia que señalaba solo tres abogados al acusado en
las causas de mayor importancia.
Calpurnia, según otros que le conocieron como Calfurnia, casada con César, fue causa de que se prohibiese ya antiguamente el que
las mujeres pudiesen presentarse en el Foro a ejercer la abogacía. Esta mujer de genio travieso
habiendo perdido una causa que ella defendía, se irritó de tal manera contra
los jueces que se levantó los vestidos en medio del tribunal e hizo una acción
impúdica en desprecio de los jueces. Otros dicen que lo que obligó a privar que
las mujeres pudiesen dedicarse a la jurisprudencia fue los grandes gritos que
daba aquella mujer sabia pero desvergonzada, con los que aturdía a los jueces.
LA
PROFESIÓN DE ABOGADO O ABOGADA
Pues
bien, vamos a conocer un poco de qué se trata la profesión de Abogado para que
ustedes tengan claro lo que hace un profesional del Derecho. El abogado o abogada es
el profesional que ejerce la defensa jurídica en un proceso proceso o procesos, sea que llegue o no a juicio,
así como los procesos judiciales y administrativos ocasionados o sufridos por ella en
general. Además, asesora y da consejo en materias jurídicas. Los abogados son
profesionales con conocimientos en diversas áreas de la legislación (penal, civil,
familia, laboral, comercial, administrativa, tributaria, agraria, entre otras).
Hablemos
un poco de la formación académica: Su formación implica tener conocimientos de historia,
filosofía, cultura, economía, literatura, oratoria, sociología, teología,
políticas, entre otros conocimientos que, si bien es cierto pueden ser
especialidades, también pueden ser conocimientos generales. Los abogados suelen
ejercer cargos jerárquicos en la administración del Estado y su gobierno.
Pueden orientarse hacia un perfil privado, como asesor y representante de
personas naturales y/o jurídicas, o bien tener un perfil público ligado al gobierno y la administración pública.
En la mayoría de los ordenamientos de los diversos países, para el ejercicio de esta profesión se requieren estudios
universitarios en Derecho, Licenciatura en Derecho, estar inscrito en un Colegio de Abogados o bien tener una autorización de Institución acreditada o el Estado para ejercer. No solo se necesita conocer el Derecho en términos estrictamente
técnicos, sino que también hay que adquirir una serie de competencias que serán
necesarias en el ejercicio de la profesión. Se espera que un letrado sepa
escuchar a sus clientes, o, por ejemplo, sea eficaz a la hora de redactar un
escrito.
Genéricamente
se puede definir el término abogado como: "persona con título de grado
conforme a la legislación de cada
país, que ejerce el Derecho, en asistencia de terceras
personas, siendo un colaborador activo e indispensable en la administración de
la Justicia de un país.
"Se
denomina también “doctor” (en casi todos los países de Sudamérica, como Argentina, Brasil, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela, y la mayor parte de América Central a
excepción de Costa Rica y Guatemala, además de México y España (a este profesional, aun cuando no haya obtenido
el doctorado y por lo tanto no posea título de doctor. Tal
denominación proviene de la circunstancia que anteriormente el doctorado era
una exigencia ineludible para el ejercicio de la abogacía. Lo mismo ocurre con
el juez o el agente fiscal quienes son denominados "doctor" cuando
muchos carecen de dicho grado académico.
Ahora vamos a hablar un poco de las
responsabilidades: En la mayoría de los países, en particular los países de
derecho civil, ha habido una tradición de dar muchas tareas legales a una
variedad de notarios , empleados y escribanos de derecho civil. Estos países no
tienen "abogados" en el sentido estricto de la palabra, en la medida
en que ese término se refiere a un solo tipo de proveedor de servicios legales
de propósito general; más bien, sus profesiones jurídicas consisten en un gran
número de diferentes tipos de personas capacitadas en derecho, conocidas como
juristas, algunas de las cuales son abogados con licencia para ejercer en los
tribunales. Es difícil formular generalizaciones precisas que abarquen todos
los países con múltiples profesiones jurídicas, porque cada país ha tenido
tradicionalmente su propio método peculiar de dividir el trabajo jurídico entre
todos sus diferentes tipos de profesionales del derecho.
En particular, Inglaterra, la madre de las
jurisdicciones de derecho consuetudinario, surgió de la Edad Media con una
complejidad similar en sus profesiones jurídicas, pero luego evolucionó en el
siglo XIX a una única división entre abogados y abogados . Se desarrolló una
división equivalente entre abogados y procuradores en algunos países de derecho
civil; estos dos tipos no siempre monopolizaron la práctica del derecho, ya que
coexistieron con los notarios de derecho civil.
Varios países que originalmente tenían dos o más
profesiones legales desde entonces fusionaron o unieron sus profesiones en un
solo tipo de abogado. La mayoría de los países en esta categoría son países de
derecho común. En países con profesiones fusionadas, a un abogado generalmente
se le permite llevar a cabo todas o casi todas las responsabilidades enumeradas
a continuación.
·
Argumento oral
en los tribunales
·
Investigación
y redacción de documentos judiciales
·
Abogacía
(escrita y oral) en audiencias administrativas
·
Aviso legal
·
Protección de
la propiedad intelectual
·
Negociación y
redacción de contratos
·
Traspasos y
otras cartulaciones
·
Llevar a cabo
la intención del difunto o procesos sucesorios
·
Enjuiciamiento
y defensa pública de presuntos delincuentes
·
Etc.
EJERCICIO
PROFESIONAL
El
abogado es un profesional cuyo objetivo fundamental es colaborar en la defensa
de la Justicia. Cuenta con una sólida formación teórica y
suficiencia práctica, supervisada por los Colegios y el Estado.
Interviene en la resolución de conflictos judiciales
y extrajudiciales, la función pública, la magistratura, la enseñanza y la
investigación. Se encargan de defender los intereses de una de las partes en
litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y
especializado en cuestiones jurídicas, es el único profesional que puede
ofrecer un enfoque adecuado del problema legal que tiene el ciudadano o
'justiciable'.
Debe destacarse que además de su intervención en
el juicio, una función básica y principal del abogado es la
preventiva. Con su asesoramiento y una correcta redacción de los contratos y
documentos, pueden evitarse conflictos sociales, de forma que el abogado, más
que para los pleitos o juicios, sirve para no llegar a ellos con su mediación
extrajudicial. Tanto es así que en la mayoría de los procedimientos judiciales
es obligatorio comparecer ante los tribunales asistido o
defendido por un abogado en calidad de director jurídico, es decir, todo
escrito o presentación judicial debe ir firmada por el cliente (o su
representante legal, el procurador) y
por su abogado, lo cual le garantiza un debido ejercicio de derecho a la defensa durante el proceso.
Un abogado suele tener poderes de su defendido o
cliente mediante autorización en instrumento público, u otorgado apud acta,
es decir, por comparecencia en el juzgado o tribunal, de manera que pueda
dirigirlo en juicio, o representarlo en actuaciones legales o administrativas
que no requieran de procurador de los Tribunales, representando así al interesado, y no solo dirigiendo su
defensa.
La actuación profesional del abogado se basa en los
principios de de libertad e independencia.
Los principios de confianza y de buena fe presiden de las
relaciones entre el cliente y el abogado, que está sujeto al secreto profesional. El
abogado se debe a su cliente, en primer lugar, y debe litigar de manera consciente
respecto a la responsabilidad social en la que se halla, con un actuar crítico
y equilibrado al servicio de la paz social, en la que colabora con los juzgados
y tribunales dentro del sistema judicial de cada país.
Un despacho de abogados que se precie no debe
limitarse a la atención profesional de quien requiera nuestros servicios sino
que también debe atender este trabajo teniendo en cuenta las circunstancias
económicas de la persona que recabe la atención.
A través de los Colegios de Abogados y Abogadas u organismos pertinentes, dependiendo del país, existen servicios
de asistencia jurídica gratuita para los ciudadanos que carecen de medios económicos
para pagar los honorarios de un abogado. Son los llamados abogados de oficio, que asesoran desde Colegios de abogados o
directamente desde el Estado.
Las especialidades más importantes en el ejercicio de
la abogacía son: Derecho
civil, penal comercial, familia, agrario, laboral, tributario, constitucional,
administrativo, ambiental e intelectual, aunque no suelen tener su
correspondencia con formaciones académicas específicas, sino con la
experiencia, dedicación y mayor conocimiento de ese tipo de caso por cada
abogado.
FORMAS
DE ORGANIZACIÓN
Tradicionalmente,
los abogados ejercieron su profesión solos o en pequeños grupos. Fue en Estados
Unidos de América a finales del siglo XIX cuando comenzaron a reunirse grupos mayores, tendencia
que pasaría rápidamente a Europa y luego al resto de los países con un
desarrollo relevante de la profesión. Como un caso muy especial puede citarse
Francia, donde aún hoy en día, con algunas contadas excepciones, siguen
trabajando solos o en pequeños grupos.
Generalizando, podría decirse que las formas de
organización que los abogados se han dado son básicamente tres. En primer lugar,
y por lejos la forma más usada, son los abogados que ejercen solos o en
pequeños grupos. En segundo, aun cuando es una fórmula que se bate en retirada,
están las comunidades de techo, donde básicamente los abogados comparten la
propiedad de un inmueble o contribuyen comunitariamente a los gastos generales,
y cada uno lleva sus propios clientes.
En tercer lugar, independientemente de la estructura
societaria elegida, están los estudios de abogados o estudios jurídicos, en los
que generalmente se concentra la mayor parte del trabajo complejo y relevante
que se realiza en un país para empresas, gobierno o personas.
Desde otra perspectiva, podemos decir que los
despachos de abogados se clasifican en pequeños, medianos y grandes. Aun cuando
esta nomenclatura tendrá un uso diferente en cada país, generalmente es
aceptado que un despacho pequeño tiene hasta 50 abogados, y que un estudio es grande
cuando alcanza al menos los 100 abogados. Los estudios de abogados se califican
a sí mismos como generalistas y especialistas, o como “one stop shop” y
“boutiques”, para usar un lenguaje más contemporáneo.
Si bien es cierto que en general puede observarse que
el tamaño de los estudios de abogados depende del tamaño de la población y de
la economía de un país, existen excelentes ejemplos de que ello no es una regla
cerrada; tal es el caso de Nueva Zelanda y de Irlanda, donde se encuentran
varios estudios con más de 200 abogados, tratándose de poblaciones cercanas a
los cuatro millones de habitantes.
El técnico jurídico es aquella persona que, sin tener
licencia para ejercer derecho como abogado, le brinda asistencia a estos en sus
obligaciones profesionales del día a día. Los técnicos jurídicos (o paralegals en
inglés) son comunes en Norteamérica (Estados Unidos incluso otorga certificación
separada para este oficio), pero no en el resto del mundo, especialmente en el
Derecho continental. Bajo el Derecho Anglosajón (o Common
law) de Estados Unidos, los técnicos jurídicos deben trabajar bajo la
supervisión de un abogado, pero las condiciones laborales varían entre los
distintos estados.
Los estudios de abogados más grandes en la actualidad
bordean los 4000 abogados, siendo verdaderas empresas transnacionales. La mayor
parte de los mega estudios (1.000 o más abogados) tienen su origen en Estados Unidos o en el Reino Unido.
REFERENCIAS
BIBLIOGRAFICAS:
Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española
(2014). Abogado. Diccionario
de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa. ISBN 978-84-670-4189-7.
Consultado el 11 de marzo de 2015.
Brewer Carias, Allan R. (2020). La formación del abogado y los
problemas del ejercicio de la abogacía. (Archivo PDF) http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/1983/BolACPS_1983_39_91_23-39.pdf
Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa. (2020). Re: Función del
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https://web.archive.org/web/20131019160401/https://www.icagi.net/01plantilla01.php?contenido=ciudadano%2F01funcion_del_abogado.php
Carrillo V, Marco V.(2019) “Deontología Jurídica y los Abogados”, Casa de
la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión”, páginas 17 a 67. (Archivo
de PDF) http://www.culturaenecuador.org/images/stories/documentos/libros/deontologia.pdf
Facebook.
Lex Et Litterae (2020). Perfil Lex Et Litterae. https://www.facebook.com/derecho.literatura.1
Colegio
de Abogados y Abogadas de Costa Rica. (2020). Re: Abogados y Abogadas Costa
Rica. https://www.abogados.or.cr/resena/
Búsqueda,
compilación y redacción por: Lic. Luis Rodríguez Morera. Realizado el 03 de dicimebre del 2020.